A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Zamora Garcia Argelia·Demandado Zamora Luis Carlos Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos relacionados con actos protocolizados por particulares
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado por el Juzgado Único Promiscuo Municipal de El Hobo (Huila) y el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Neiva.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva verbal declarativa que interpuso una ciudadana pretendiendo la nulidad del contenido de una escritura pública.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 241 de 2022 mediante la cual se estableció que, cuando lo que se pretende demandar es la nulidad del contenido de la escritura pública, conocerá del caso la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo si el contenido consiste en un acto administrativo o un acuerdo de voluntades en el que intervenga una entidad estatal.
En caso contrario, el conocimiento de la acción corresponderá a la Jurisdicción Ordinaria, en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista a su favor en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Único Promiscuo Municipal de El Hobo, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de El Hobo, Huila, y el Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Único Promiscuo Municipal de El Hobo, Huila, es la autoridad competente para conocer el proceso promovido por la señora Argelia Zamora García.
- Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3858 al Juzgado Único Promiscuo Municipal de El Hobo, Huila, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.